Viviendas turísticas en España

UNA VIVIENDA TURÍSTICA

¿qué es?

Una vivienda turística es un apartamento o casa especialmente destinada al alquiler de corta duración para turistas.
A menudo forma parte de un resort o complejo con servicios como recepción, limpieza, etc.

El objetivo de este tipo de inmueble es claro: invertir con rentabilidad a través del alquiler.
También puedes usar la vivienda para ti, pero no está permitido el empadronamiento oficial ni vivir de forma permanente.

¿Cuáles son las ventajas de una vivienda turística?

Seguridad de alquiler
porque el objetivo es el alquiler vacacional
Gestión sin preocupaciones
a través de un operador local
Ventajas fiscales
ya que es posible la devolución del IVA
Atractivo para reservas
gracias a buenas ubicaciones y servicios

¿IVA del 21 % en una vivienda turística? ¡así funciona!

Al comprar una vivienda turística pagas el 21 % de IVA. Puede parecer mucho, pero puedes recuperarlo si cumples los requisitos.

  • Te registras como sujeto pasivo de IVA en España (NIF + alta en Hacienda).
  • Alquilas la vivienda al menos 1 mes al año a un mínimo de 2 inquilinos diferentes.

  • Se ofrecen servicios de tipo hotelero (limpieza, ropa de cama, recepción o gestión de llaves).

  • Presentas declaraciones de IVA donde declaras tus ingresos y gastos.

El uso exclusivamente privado está excluido. Tampoco se permite la residencia permanente.
Un uso personal limitado suele ser posible a través del operador, y esto puede variar según el proyecto.

La devolución del IVA tiene un periodo de regularización de 10 años. Cada año que alquiles la vivienda, 1/10 del IVA recuperado pasa a ser definitivamente tuyo.

Si vendes la vivienda tras solo 5 años o cesa la explotación turística, debes devolver 5/10.
Si mantienes la explotación 10 años o más, el IVA será tuyo en su totalidad.

Preguntas frecuentes

¿Siempre tengo que pagar el 21 % de IVA en una vivienda turística?
Sí, salvo que la vivienda se convierta en uso residencial.

¿Puedo recuperar el IVA si la utilizo yo mismo?
Sí, pero solo si también cumples con los requisitos de alquiler (mín. 1 mes, 2 inquilinos, servicios). El uso exclusivamente privado excluye la devolución del IVA.

¿Qué ocurre después de 10 años?
Después de 10 años no es necesario hacer regularizaciones de IVA. A partir de entonces, el IVA ya es tuyo de forma definitiva. Si vendes la vivienda después, se transmite de nuevo con IVA.

¿Cuál es la diferencia con el ITP?
El ITP es el impuesto de transmisiones patrimoniales (6–10 %) en la compra de viviendas de segunda mano y normalmente aplica al inmobiliario residencial.

¿Tengo que crear una empresa para recuperar el IVA?
No. Tanto un particular como una empresa pueden registrarse como sujetos pasivos de IVA.

¿Listo para invertir en inmobiliario turístico en España?

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